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Operaciones del IRS durante COVID-19: continúan funciones críticas

Writer's picture: Jazmin CintoraJazmin Cintora

El Servicio de Impuestos Internos les recuerda a los contribuyentes y profesionales de impuestos que usen opciones electrónicas para apoyar el distanciamiento social y acelerar el procesamiento de declaraciones de impuestos, reembolsos y pagos.


Para proteger al público y a los empleados, y en cumplimiento con las órdenes de las autoridades locales de salud de todo el país, ciertos servicios del IRS, como asistencia telefónica en vivo, procesamiento de declaraciones de impuestos en papel y respuesta a la correspondencia, están extremadamente limitados o suspendidos hasta nuevo aviso. Todos los Centros de Asistencia al Contribuyente permanecen cerrados temporeramente, tal como muchos de los sitios de preparación de impuestos por voluntarios hasta nuevo aviso. Sin embargo, a partir del 17 de mayo, el IRS a enviado Pagos de impacto económico a 140 millones de personas y millones más están en camino cada semana.


Aunque la fecha de vencimiento para las declaraciones de impuestos se extendió del 15 de abril al 15 de julio de 2020, el IRS continúa procesando declaraciones de impuestos electrónicamente, emitiendo reembolsos de depósito directo y aceptando pagos electrónicos.


Estado de operaciones del IRS y alternativas


Declaraciones de impuestos en papel: todos los contribuyentes deben presentar electrónicamente a través de su preparador de impuestos, proveedor de software de impuestos o Free File del IRS si es posible. El IRS actualmente no puede procesar declaraciones de impuestos en papel individuales. Si ya ha presentado en papel pero aún no se ha procesado, no presente una segunda declaración de impuestos ni escriba al IRS para preguntar sobre el estado de su declaración o su pago de impacto económico. Las declaraciones en papel se procesarán una vez que los centros de procesamiento puedan reabrir. Este año, más del 90% de los contribuyentes han presentado su declaración electrónicamente.


Ordenar formularios: El Centro Nacional de Distribución del IRS está cerrado hasta nuevo aviso. No podemos procesar o enviar por correo las órdenes para formularios o publicaciones durante este tiempo. La mayoría de los formularios y publicaciones están disponibles para su descarga electrónica en IRS.gov/forms (en inglés).


Opciones en línea: IRS.gov continúa siendo la mejor fuente para preguntas sobre la ley de impuestos, verificar estados del reembolso, pagos de impuestos y los Pagos de impacto económico. Todas las actualizaciones del IRS acerca de los pagos de impacto económico y otros asuntos relacionados con COVID-19 continuará siendo publicado inmediatamente en IRS.gov/coronavirus. Los contribuyentes pueden verificar el estado de su Pago de impacto económico en Obtener mi pago, el estado de su reembolso en ¿Dónde está mi reembolso? u ordenar una transcripción de impuestos en Obtenga una Transcripción en Línea. Las transcripciones de impuestos solo están disponibles en línea en este momento.


Los contribuyentes también pueden hacer pagos de impuestos a través de Pago directo. Los impuestos adeudados vencen el 15 de julio. El Asistente Tributario Interactivo puede ayudar a responder a preguntas acerca de la ley tributaria. Actualmente no hay opciones de correo electrónico para responder a las preguntas de los contribuyentes. La Publicación 5136 (SP), Guía de Servicios del IRS (PDF), es una buena fuente de información.


Los contribuyentes también pueden realizar pagos de impuestos a través de Pago directo. Los impuestos individuales del año tributario 2019 deben pagarse antes del 15 de julio. El Asistente tributario interactivo puede ayudar a responder las preguntas de la ley tributaria. Actualmente no hay opciones de correo electrónico que generen respuestas a las preguntas de los contribuyentes. La Publicación 5136, Guía de servicios del IRS (PDF, en inglés), es una buena fuente de información.


Los contribuyentes que previamente recibieron un PIN de Protección de Identidad pero lo perdieron, deben usar la herramienta Obtener un PIN de IP para recuperar sus números. Los contribuyentes que tienen un PIN de IP deben proporcionarlo cuando presenten su declaración o si están utilizando la herramienta de no declarante para ingresar su información de Pago de Impacto Económico.


Opciones por teléfono: las líneas telefónicas automatizadas que manejan la mayoría de las llamadas de los contribuyentes permanecen disponibles. Algunas líneas de cumplimiento tributario también permanecen disponibles y algunas líneas de teléfono del IRS mantenidas por representantes del IRS para ambos contribuyentes y profesionales de impuestos que incluyen la línea telefónica EIP para aquellos que recibieron una carta EIP (Aviso 1444) están disponibles con personal limitado en este momento, sin embargo, las personas que llaman deben esperar largas esperas. Para verificar el estado de su reembolso de impuestos por teléfono automatizado, llame al 800-829-1954. (Esta línea no tiene información acerca de pagos de impacto económico.)


Servicio de prioridad de profesionales de impuestos (PPS): la línea de Servicio de prioridad de profesionales de impuestos está abierto con servicio limitado debido a limitaciones continuas de personal. El IRS no puede procesar las solicitudes enviadas a la Autorización Centralizada (CAF) (en inglés) en este momento.


IRS.gov continúa siendo la primera opción para las respuestas a las preguntas. Los profesionales con cuentas de e-Services y con autorización del cliente pueden acceder al sistema de entrega de transcripciones para obtener transcripciones del año anterior. Los contribuyentes deben usar ¿Dónde está mi reembolso? y Obtener Transcripción, ambas solicitudes comunes. Sin embargo, la opción de obtener transcripciones por correo no se debe usar por que las oficinas que imprimen y envían las transcripciones están cerradas.


Correspondencia del contribuyente: mientras el IRS continúa recibiendo y almacenando correo, nuestras funciones de procesamiento de correo se han reducido para cumplir con las recomendaciones de distanciamiento social. Esto incluye la capacidad del IRS de mantener correspondencia con los contribuyentes sobre una variedad de asuntos, incluidas las solicitudes de información necesarias para procesar una declaración de impuestos. Actualmente, hemos reducido las respuestas a la correspondencia en papel. Nuestra preocupación principal es servir a los contribuyentes como se indica en la Iniciativa de Personas Primero, que incluye muchas acciones para aliviar la carga de los contribuyentes durante este tiempo.


Los contribuyentes que envían correspondencia al IRS durante este período deben esperar más tiempo de lo habitual para una respuesta. Una vez que las operaciones normales se reanuden, le tomará tiempo al IRS responder y procesar toda la correspondencia pendiente. La correspondencia enviada a las oficinas del IRS puede ser devuelta al contribuyente si esa oficina está cerrada y nadie está disponible para aceptarlos.


Certificación de Residencia en los Estados Unidos: la oficina del IRS en Filadelfia está actualmente cerrada. El procesamiento de solicitudes en el programa de Certificación de Residencia en los Estados Unidos se suspende temporalmente. Las operaciones normales se reanudarán tan pronto como sea posible.


Programa de Protección al Contribuyente: si recibió correspondencia (Cartas 5071C, 5447C o 5747C) del IRS preguntando si presentó una declaración de impuestos sospechosa, puede usar el Servicio de Verificación de Identidad (en inglés) en línea para verificar su identidad. Si recibió una Carta 4883C, siga sus instrucciones. Tenga en cuenta: la asistencia telefónica es limitada y los tiempos de espera son largos.

(actualizado el 11 de mayo de 2020)


Otras operaciones del IRS


Actividad de cumplimiento. El IRS continúa evaluando el impacto de COVID-19 en una variedad de actividades de cumplimiento en toda la agencia.


Cuestiones de estatuto de limitaciones. El IRS continuará trabajando en casos donde esté pendiente un estatuto de limitación. En algunas de estas situaciones, el IRS trabajará con el contribuyente o su representante para obtener una extensión del estatuto.


Oficina del abogado principal. La Oficina del Asesor Jurídico continúa trabajando para resolver casos en litigios, incluidos aquellos en calendarios en varias ciudades hasta el 3 de julio de 2020, que fueron recientemente cancelados por el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos. El Aviso 2020-23, emitido el 9 de abril de 2020, pospuso las fechas de vencimiento de las peticiones en el Tribunal Fiscal de los Estados Unidos hasta el 15 de julio de 2020. El abogado continúa trabajando en casos en litigios en general y apoya y asesora a las divisiones operativas del IRS sobre su cumplimiento y actividades de examen. Aunque el abogado no se reúne con los contribuyentes o sus representantes en reuniones cara a cara, ni toma declaraciones, los contribuyentes deben saber que nuestros abogados están disponibles para discutir sus casos por teléfono.


Oficina de Apelaciones Independiente. En este momento, los empleados de Apelaciones continuarán trabajando sus casos. Aunque en la actualidad, la oficina de apelaciones no está teniendo conferencias en persona con los contribuyentes, las conferencias pueden realizarse por teléfono o por videoconferencia. En la medida de lo posible, se alienta a los contribuyentes a responder rápidamente a cualquier solicitud de información pendiente para todos los casos en la Oficina de Apelaciones Independiente.


Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés). Actualmente, TAS permanece abierta para recibir llamadas telefónicas a los números de teléfono locales, pero ha suspendido los servicios de tránsito en sus oficinas y su número de teléfono centralizado gratuito no está disponible hasta nuevo aviso. Por favor, visite taxpayeradvocate.irs.gov para localizar su número de teléfono de oficina local.

Determinaciones, resoluciones y acuerdos de cierre del sector exentos de impuestos. El IRS sigue tramitando las solicitudes de reconocimiento de exenciones tributarias para las organizaciones exentas y sigue trabajando en las decisiones y decisiones relativas a los planes de los empleados y los acuerdos de cierre para los emisores municipales. Debido a los cierres de los centros de procesamiento, las declaraciones en papel para la exención de impuestos y las declaraciones en papel presentadas (por ejemplo, la serie del Formulario 990) después del 26 de marzo de 2020 no se están procesando y, por lo tanto, no están disponibles para su consulta en la herramienta de búsqueda de organizaciones exentas de impuestos de IRS.gov.


Liberación de un embargo debido a dificultades por el coronavirus


P. ¿Se mantendrán los embargos y confiscación salarial o se pausarán del 4/1 al 7/15? ¿Puede el contribuyente solicitar una pausa? ¿Si es así, cómo?

R. Los embargos no se liberarán automáticamente. El IRS considerará las solicitudes de los contribuyentes para liberar los embargos caso por caso si el embargo está causando dificultades económicas. "Dificultades económicas" significa que el impuesto evita que el contribuyente cubra los gastos básicos y razonables de vida. El IRS puede solicitar información financiera adicional para determinar si un gravamen está causando dificultades económicas.


Para solicitar una liberación del embargo, si el contribuyente está trabajando con un oficial de ingresos, debe comunicarse con el oficial de ingresos. Para los casos no asignados a un funcionario de ingresos, los contribuyentes que requieren una exención de impuestos deben llamar al número en el aviso de impuesto. Si no puede comunicarse, envíe su solicitud por fax al 855-796-4524. Incluya su nombre, dirección y números de seguro social (tanto para usted como para su cónyuge si presentaron una declaración conjunta) con su solicitud. Además, incluya el nombre, la dirección y el número de fax de su empleador o banco donde se procesa el impuesto. Tenga en cuenta que este número de fax solo se usará para atender las solicitudes de liberación de impuestos de emergencia. Debido a nuestro personal limitado actual, no responderemos a otros problemas enviados a esta línea de fax.


P. ¿Qué debe hacer un contribuyente si necesita una exención de gravamen, un certificado de descarga o si tiene otro problema de gravamen?


R. El IRS procesa normalmente todas las solicitudes de certificados de gravamen enviadas electrónicamente y las asigna dentro de 10 días. Para proteger la salud y la seguridad de los empleados y contribuyentes del IRS, el IRS actualmente NO está procesando solicitudes de certificados de gravamen enviadas por correo al sitio de Recibos consolidados, “Consolidated Receipts “(ACR, por sus siglas en inglés), en Florence, Kentucky. El IRS está trabajando para reabrir sus oficinas y restaurar el servicio de correo y proporcionará actualizaciones a medida que la situación cambie.

El IRS solicita que los contribuyentes usen la línea de E-Fax para nuestro sitio ACR (844-201-8382) para certificados tales como: descarga de propiedad del gravamen tributario federal; retiro de la notificación de gravamen de impuestos federales; y subordinación del gravamen fiscal federal. La Publicación 4235, Números y direcciones de los grupos asesores de cobranza (PDF, en inglés), contiene información adicional sobre el proceso para enviar solicitudes de certificados de gravamen y sobre temas relacionados. Visite IRS.gov y busque "Lien Certificates" (Certificados de gravamen) para obtener más información.

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